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Lucía Collado

Cuerpo "ten"

Distracting: 40-foot billboards of Kelly Brook wearing nothing but a pair of Reebok trainers have been placed at traffic hotspots

La nueva campana de Reebok para sus runner shoes.

El lado positivo...

de

Naomi Campbell 

Naomi Campbell, quien modelo para una buena causa en Africa, donde por primera vez realizo su ya establecido Fashion for Relief charity fashion show; para ayudar el continente al que acude como embajadora de la White ribbon desde hace un tiempo en socorro de madres y recien nacidos, entre otras obras de caridad.

Bueno conocer tambien el lado positivo de esta super modelo. Quien aprovecha tambien su pase de modas para enarbolar su lucha contra la discriminacion de las mujeres de raza negra en el mundo del modelaje.

Familia que se combina...

Actress Halle Berry, Gabriel Aubry and their daughter Nahla arrive into Los Angeles International Airport

Actress Halle Berry, Gabriel Aubry and their daughter Nahla

Actress Halle Berry, Gabriel Aubry and their daughter Nahla arrive into Los Angeles International Airport today from New York

... permanece linda!!!, jajaja.

Como lucen Halle Berry, su pareja Gabriel Aubri, y la hija de ambos:  Nahla; al viajar a Los Angeles.  Beeellos!

Orgullo y Compromiso

 
UNIBE y Participación Ciudadana firman convenio de colaboración

 

La Universidad Iberoamericana (UNIBE) y Participación Ciudadana firmaron un convenio en el que ambas entidades se comprometen a impulsar de manera conjunta la realización de cursos de grado, diplomados conferencias, seminarios y tertulias promotoras de la discusión de temas judiciales y de transparencia que demanden del tratamiento académico y la reflexión de la sociedad dominicana.

La firma se produce en el marco del lanzamiento del Centro de Asistencia Legal Anticorrupción (ALAC), bajo los auspicios de Transparencia Internacional (TI), dentro del cual, los estudiantes de UNIBE tendrán la oportunidad de realizar pasantías y colaborar en actividades que vayan en procura de fomentar el combate de la corrupción.

Asimismo Participación Ciudadana asume el compromiso de capacitar y especializar al personal universitario que se asigne al proyecto, en materia de la legislación que atañe a la corrupción, el recurso de amparo, la ley de acceso a la información pública y lo relacionado con el funcionamiento técnico del ALAC.

El documento fue firmado por el rector de UNIBE, doctor Julio Amado Castaños Guzmán, y el Coordinador general de Participación Ciudadana, Dr. Samir Rafael Chami Isa en el Salón Peña Batlle de la academia universitaria.

A la firma del convenio asisto por parte de Participación Ciudadana, Lucía Collado, Asistente operativa de asistencia legal anticorrupción. Tanto Chami Isa como Collado son egresados de la Escuela de Derecho de la Universidad Iberoamericana y expresaron sentirse orgullosos y regocijados al ver el crecimiento de su alma máter y el liderazgo e impacto de sus estudiantes y egresados en la sociedad.

Asimismo, agradecieron a la Escuela de Comunicación Publicitaria de UNIBE, ya que el logo que representará el ALAC fue diseñado por Mariela Medina Burgos, estudiante de ésta escuela.

Por parte de UNIBE estuvieron presentes la vicerrectora académica, doctora Odile Camilo, el decano y coordinadora de la Escuela de Derecho, Doctor José Perez Gomez y Doctora Sagrario Feliz y la Directora de Relaciones Interinstitucionales, Loraine Amell.

Tanto Castaños Guzmán como Chami Isa mostraron satisfacción con la firma del acuerdo de colaboración y entienden fundamental involucrar e incentivar la toma de conciencia en los jóvenes sobre los procesos importantes que se llevan a cabo en el país y con temas tan fundamentales y críticos como el fomento de la ética y la lucha contra la corrupción.

Hermosa embarazada...

Gisele Bunchen

Gisele Bunchen

Gisele Bundchen, la super famosa top model brasileira, de 29 agnos esta en su septimo vez de embarazo, del football player americano Tom Brady, de 32... Sin dudas, bella en cualquier circunstancia.

Una vista hermosa de Haiti

Men rowing out past moored fishing boats

Dime como duermes...

Dime como duermes...

El profesor Chris Idzikowski, director del Servicio de Consejo y Asesoramiento para el Sueño, analizó seis posiciones típicas para dormir y comprobó que cada una de ellas guarda relación con un tipo de personalidad.

"Somos conscientes del lenguaje de nuestro cuerpo cuando estamos despiertos, pero es la primera vez que se sugiere que una postura inconsciente dice algo de nosotros", afirmó el experto.

La primera de las posturas estudiadas por Idzikowski es la "fetal", por la que la persona duerme encogida.

Estos individuos a menudo parecen personas difíciles, pero en el fondo suelen ser sensibles y tener un gran corazón. Además, cuando se les conoce dan impresión de ser tímidos, pero cuando se relajan se vuelven muy abiertos.

Esta fue la posición más popular entre las mil personas que participaron en el estudio, con un 41 por ciento de asiduos, especialmente mujeres.

La segunda -15 por ciento- fue la denominada "tronco", que consiste en dormir de lado con los brazos pegados al cuerpo.

Las personas que adoptan esta posición son fáciles de tratar, sociables y les gusta estar acompañados por grupos grandes, si bien suelen ser un poco ingenuos y confiar demasiado en los extraños.

La postura "del que añora", preferida por el 13 por ciento de las personas analizadas, consiste en tumbarse de lado con los brazos separados del cuerpo y quienes acostumbran a dormir así suelen ser abiertos, aunque también cínicos y maliciosos.

Pero también suelen no tener las cosas claras y les cuesta tomar decisiones, aunque cuando lo logran no hay quien les haga cambiar de opinión.

La postura del "soldado" -ocho por ciento- es boca arriba y con los brazos pegados al cuerpo. La gente que reposa así suele ser tranquila y reservada, no le gusta el alboroto y se fija metas elevadas, además de exigir mucho a los demás.

La quinta es la postura de "caída libre" -siete por ciento-, que consiste en dormir boca abajo con las manos alrededor de la almohada.

Los que acostumbran a adoptar esta posición suelen ser sociables y tener gran desparpajo, pero también son nerviosos y se enfadan fácilmente. Son pacíficos, pero no aceptan bien las críticas ni las situaciones conflictivas.

Por último está la posición "estrella de mar" -preferida por el cinco por ciento- con el cuerpo boca arriba y los brazos extendidos hacia atrás sobre la almohada.

Los habituales de esta postura suelen ser y tener buenos amigos porque siempre están dispuestos a escuchar a otros y a ayudar cuando hace falta, y no les gusta ser el centro de atención.

Otro cinco por ciento de los estudiados respondió que su postura para dormir variaba, mientras que un seis por ciento ni siquiera era consciente de cuál era su posición habitual.

El estudio también explicó qué posiciones eran beneficiosas para distintos aspectos de la salud. Por ejemplo, la de "libre caída" ayuda a hacer la digestión, mientras que la del "soldado" y la denominada "estrella de mar" aumentan las probabilidades de roncar y respirar mal durante la noche

Padre orgulloso

Ricky Martin, con sus hijos Matteo y Valentino, al cumplir su primer agnito de nacidos.  Estan preciosos!, Dios los bendice.

Jerry Hall

Jerry Hall covers her modesty with cakes in Calendar Girls at the Noel Coward Theatre

... y la Ley 41-08

(de la Funcion Publica y la creacion de la Secretaria de Administracion Publica)
TÍTULO IX
RÉGIMEN ÉTICO Y DISCIPLINARIO
CAPÍTULO I
DE SUS PRINCIPIOS RECTORES
Artículo 77.- A los efectos del régimen ético y disciplinario, serán considerados como
principios rectores de la conducta de los servidores públicos de los órganos y entidades de
la administración pública, los siguientes:
1. Cortesía: Se manifiesta en el trato amable y de respeto a la dignidad en las
relaciones humanas;
2. Decoro: Impone al servidor público respeto para sí y para los ciudadanos que
demanden algún servicio;
3. Discreción: Requiere guardar silencio de los casos que se traten cuando éstos
ameriten confidencia;
4. Disciplina: Significa la observancia y el estricto cumplimiento de las normas
administrativas y de derecho público por parte de los servidores públicos en el
ejercicio de sus funciones;
5. Honestidad: Refleja el recto proceder del individuo;

6. Vocación de Justicia: Obliga a los servidores públicos a actuar con equidad y sin
discriminación por razones políticas, religión, etnia, posición social y económica, o
de otra índole;
7. Lealtad: Manifestación permanente de fidelidad hacia el Estado, que se traduce en
solidaridad con la institución, superiores, compañeros de labores y subordinados,
8. Observar permanentemente en sus relaciones con el público toda la consideración y
cortesía debidas a la dignidad de éste;
9. Guardar la reserva y confidencialidad que requieren los asuntos relacionados con su
trabajo, y especialmente los concernientes al Estado en razón de su naturaleza o en
virtud de instrucciones especiales, aún después de haber cesado en el cargo;
10. Denunciar ante cualquier superior jerárquico los hechos ilícitos y delictivos de los
que tuvieran conocimiento;
11. Hacer del conocimiento de las autoridades correspondientes los hechos que puedan
perjudicar al Estado, a la sociedad y al órgano o entidad en donde laboran;
12. Desarrollar las iniciativas que sean útiles para el mejoramiento del servicio;
13. Vigilar y salvaguardar los intereses, valores, bienes, equipos y materiales del
Estado, principalmente los que pertenezcan a su área de trabajo o estén bajo su
responsabilidad;
14. Responder por el oportuno y debido manejo de los documentos, expedientes y útiles
confiados a su guarda o administración, procurar con esmero su conservación y
rendir debida y oportuna cuenta de su utilización, tramitación y cuidado;
15. Atender debidamente las actividades de inducción, formación y capacitación y
efectuar las prácticas y las tareas que tales actividades conlleven;
16. Cualquier otro que se encuentre previsto en el ordenamiento jurídico.

CAPÍTULO II
DE LAS PROHIBICIONES
Artículo 80.- A los servidores públicos les está prohibido incurrir en los actos descritos a
continuación y que la presente ley califica como faltas disciplinarias, independientemente
de que constituyan infracciones penales, civiles o administrativas consagradas y
sancionadas en otras leyes vigentes:
1. Solicitar, aceptar o recibir, directamente o por medio de persona interpuesta,
gratificaciones, dádivas, obsequios, comisiones o recompensas, como pago por
actos inherentes a sus cargos;
2. Solicitar, aceptar o recibir ventajas o beneficios en dinero o en especie, por facilitar
a terceros la adquisición de bienes y servicios del Estado, o facilitar a éstos la venta
de los mismos;
3. Prestar, a título particular y en forma remunerada, servicios de asesoría o de
asistencia al Estado, relacionados con las funciones propias de sus cargos;

4. Recibir más de una remuneración con cargo al erario excepto que estuviera
expresamente prevista en las leyes o reglamentos;
5. Aceptar designación para desempeñar en forma simultánea más de un cargo del
Estado, salvo cuando se trate de labores docentes, culturales, de investigación y las
de carácter honorífico, no afectadas por incompatibilidad legal, y con la debida
reposición horaria cuando hubiera superposición de este tipo. La aceptación de un
segundo cargo público incompatible con el que se esté ejerciendo, supone la
renuncia automática del primero sin desmedro de la responsabilidad que
corresponda;
6. Obtener préstamos y contraer obligaciones con personas naturales o jurídicas con
las cuales se tengan relaciones oficiales en razón de los cargos públicos que
desempeñan;
7. Intervenir, directa o indirectamente, en la suscripción de contratos con el Estado a
través de la institución donde labora y en la obtención de concesiones o beneficios
que impliquen privilegio oficial en su favor, salvo en los casos en que por mandato
de la ley los deban suscribir;
8. Asistir al lugar de trabajo en estado de embriaguez o bajo el influjo de drogas o
sustancias estupefacientes;
9. Participar en actividades oficiales en las que se traten temas sobre los cuales el
servidor público tenga intereses particulares económicos, patrimoniales o de índole
política que en algún modo planteen conflictos de intereses;
10. Valerse de sus influencias jerárquicas para acosar sexualmente a servidores públicos
en el Estado, o valerse del cargo para hacerlo sobre ciudadanos que sean usuarios o
beneficiarios de servicios del órgano o entidad a la que pertenezca el servidor
público;
11. Requisar, sustraer o copiar informaciones de manejo exclusivo propio o de otros
compañeros de trabajo, sin la expresa autorización de éstos o de su superior
inmediato, todo esto sin desmedro de lo establecido en legislaciones vigentes;
12. Representar o patrocinar a litigantes o intervenir en gestiones extrajudiciales contra
la administración pública, excepto en casos de defensa de intereses personales del
servidor público, de su cónyuge y de sus parientes consanguíneos o afines en primer
grado;
13. Servir intereses de partidos en el ejercicio de sus funciones, y en consecuencia,
organizar o dirigir demostraciones, pronunciar discursos partidistas, distribuir
propaganda de carácter político, o solicitar fondos para los mismos fines, así como
utilizar con este objetivo los bienes y fondos de la institución;
14. Requerir, inducir u obligar a sus subalternos a participar en actividades políticas o
partidistas, sea en su provecho o en provecho de terceros;
15. Prestar servicios en la misma institución que su cónyuge y quienes estén unidos por
lazos de consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, cuando
tuvieran relación de jerarquía;
16. Actuar en aquellos casos en que tengan intereses particulares que planteen
conflictos de intereses para el servidor público;
17. Incurrir en las demás prohibiciones que se establezcan por vía legal o reglamentaria.

CAPÍTULO III
DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO:
FALTAS Y SANCIONES
Artículo 81.- El régimen disciplinario de los servidores públicos estará fundamentado en la
gradación de las faltas, en la forma que se indica a continuación:
1. Faltas de primer grado, cuya comisión será sancionada con amonestación escrita;
2. Faltas de segundo grado, cuya comisión dará lugar a la suspensión hasta por
noventa (90) días sin disfrute de sueldo;
3. Faltas de tercer grado, cuya comisión dará lugar a la destitución del servicio.
No serán reputadas sanciones disciplinarias los consejos, observaciones y advertencias
verbales formuladas al servidor público en interés del servicio.
De todas las sanciones disciplinarias se dejará constancia en el historial de servicio del
servidor público.
Artículo 82.- Son faltas de primer grado, cuya comisión da lugar a una amonestación
escrita, las siguientes:
1. Descuidar el rendimiento y la calidad del trabajo;
2. Llegar tarde al trabajo de manera reiterada;
3. Proponer o establecer de manera consciente trámites innecesarios en el trabajo;
4. Suspender las labores sin la autorización previa de la autoridad del superior
jerárquico;
5. Negarse a colaborar en alguna tarea relacionada con las de su cargo o con las de
otros compañeros de labores, cuando se lo haya solicitado una autoridad competente
de la jornada de trabajo.
6. Dejar de asistir al trabajo durante un (1) día sin aprobación previa de la autoridad
competente o causa justificada;
7. Procurar o permitir que otro empleado marque o firme en su lugar el medio de
control de asistencia al trabajo establecido, o hacerlo en lugar de otro;
8. Incurrir en cualquier otro hecho u omisión calificable como falta de primer grado a
juicio de la autoridad sancionadora y que no amerite una sanción mayor.
Artículo 83.- Son faltas de segundo grado cuya comisión da lugar a la suspensión de
funciones por hasta noventa (90) días, sin disfrute de sueldo, las siguientes:
1. Reincidir en la comisión de faltas de primer grado;
2. Dejar de evaluar y calificar el desempeño anual de sus subalternos dentro de los
plazos oficialmente establecidos;
3. Tratar reiteradamente en forma irrespetuosa, agresiva, desconsiderada u ofensiva a
los compañeros, subalternos, superiores jerárquicos y al público;
4. Realizar en el lugar de trabajo actividades ajenas a sus deberes oficiales;
5. Descuidar reiteradamente el manejo de documentos y expedientes, ocasionando
daños y perjuicios a los ciudadanos y al Estado;
6. Establecer contribuciones forzosas en beneficio propio o de terceros, valiéndose de
su autoridad o cargo;
7. Difundir, hacer circular, retirar o reproducir de los archivos de las oficinas
documentos o asuntos confidenciales o de cualquier naturaleza que los servidores
públicos tengan conocimiento por su investidura oficial, todo esto sin menoscabo de
lo establecido en la legislación;
8. Utilizar vehículos, equipos o bienes propiedad del Estado, sin la autorización de
funcionario competente;
9. Realizar actividades partidistas, así como solicitar o recibir dinero u otros bienes
con fines políticos en los lugares de trabajo;
10. Promover o participar en huelgas ilegales;
11. Incurrir en cualesquier otros hechos u omisiones reputados como similares a los
previstos en este artículo.
Artículo 84.- Constituyen faltas de tercer grado cuya comisión dará lugar a la destitución
del cargo, las acciones indicadas a continuación cometidas por cualquier servidor de la
administración pública:
1. Manejar fraudulentamente fondos o bienes del Estado para provecho propio o de
otras personas;
2. Realizar, encubrir, excusar o permitir, en cualquier forma, actos que atenten
gravemente contra los intereses del Estado o causen, intencionalmente o por
negligencia manifiesta, grave perjuicio material al patrimonio del Estado;
3. Dejar de asistir al trabajo durante tres (3) días laborables consecutivos, o tres (3)
días en un mismo mes, sin permiso de autoridad competente, o sin una causa que lo
justifique, incurriendo así en el abandono del cargo;
4. Incurrir en la falta de probidad, vías de hecho, injuria, difamación o conducta
inmoral en el trabajo, o realizar algún acto lesivo al buen nombre del Estado o
algunos de sus órganos o entidades;
5. Beneficiarse económicamente o beneficiar a terceros, debido a cualquier clase de
contrato u operación del órgano o entidad en que intervenga el servidor público en
el ejercicio de su cargo;
6. Asociarse, bajo cualquier título y razón social, a personas o entidades que contraten
con el órgano o entidad al cual el servidor público presta sus servicios. Asimismo,
tener participación por sí o por interpuestas personas, en firmas o sociedades que
tengan relaciones económicas con el órgano o entidad donde trabaja el servidor
público, cuando estas relaciones estén vinculadas directamente con el cargo que
desempeña, salvo que el empleado haya hecho conocer por escrito esta
circunstancia para que se le releve de su conocimiento, la tramitación o la
autorización del asunto de que se trate;
7. Solicitar, aceptar o recibir, directamente o por intermedio de otros, cualquier título,
comisiones, dádivas, gratificaciones en dinero o en especie u otros beneficios
indebidos, por intervenir en la venta o suministro de bienes, o por la prestación de
servicios del Estado. A este efecto, se presume como beneficios indebidos todos los
que reciba el servidor público, su cónyuge, sus parientes hasta el tercer grado de
consanguinidad o segundo grado de afinidad, inclusive, siempre que se pruebe en
forma cierta e inequívoca una relación de causa efecto entre las actuaciones del
servidor público y los beneficios de que se ha hecho mención;
8. Prestar a título oneroso servicios de asesoría o de asistencia a órganos o entidades
del Estado;
9. Obtener préstamos o contraer obligaciones con personas naturales o jurídicas con
las cuales el servidor público tenga relaciones en razón del cargo que desempeña;
10. Cobrar viáticos, sueldos, dietas, gastos de representación, bonificaciones u otros
tipos de compensaciones por servicios no realizados, o por un lapso mayor al
realmente utilizado en la realización del servicio;
11. Expedir certificaciones y constancias que no correspondan a la verdad de los hechos
certificados;
12. Ser condenado penalmente con privación de libertad, por la comisión de un crimen
o delito, mediante sentencia definitiva;
13. Aceptar de un gobierno extranjero o de un organismo internacional, un cargo,
función, merced, honor o distinción de cualquier índole, sin previo permiso del
Poder Ejecutivo;
14. Valerse de influencias jerárquicas para acosar sexualmente a servidores públicos en
el Estado, o valerse del cargo para hacerlo sobre ciudadanos que sean usuarios o
beneficiarios de servicios del órgano o entidad a la que pertenezca el servidor
público;
15. Demorar o no tramitar en los plazos establecidos, el pago de las indemnizaciones
económicas previstas para los servidores públicos por la presente ley y su
reglamentación complementaria;
16. Incumplir las instrucciones del órgano central de personal y las decisiones de la
Jurisdicción Contencioso Administrativa;
17. Llevar una conducta pública o privada que impida la normal y aceptable prestación
de los servicios a su cargo;
18. Auspiciar o celebrar reuniones que conlleven interrupción de las labores de la
institución;
19. Negarse a prestar servicio en caso de calamidad pública, a las autoridades
correspondientes, cuando las mismas estén actuando en función de defensa civil o
de socorro a la comunidad;
20. Cometer cualesquiera otras faltas similares a las anteriores por su naturaleza o
gravedad, a juicio de la autoridad sancionadora;
21. Reincidir en cualesquiera de las faltas calificadas como de segundo grado.
El servidor público destituido por haber cometido cualesquiera de las faltas señaladas en
este artículo, quedará inhabilitado para prestar servicios al Estado por un período de cinco
(5) años, contados a partir de la fecha de notificación de la destitución.

Mujeres de verdad!...

CALENDAR GIRLS

June Brown 'Tarts'

Sara Crowe

 Anita Dobson

Calendar Girls

Descansa en Paz!

Descansa en Paz!

Michael Jackson, la estrella indiscutible del mundo del Pop, ha muerto este 25 de Junio del 2009, a los 50 años de edad.

Amen de todos sus defectos, sus errores, traumas, sufrimientos, debilidades, etc., si nos dejamos de mezquindades, y miramos el aporte que como persona hizo en el ámbito que le tocó vivir, fue un fenómeno de excelencia, un rey, un Gigante!!.

Paz a sus restos mortales.

Solo para los Padres buenos...

Solo para los Padres buenos...

Happy Father's Day!

La nieta del Che Guevara

La nieta del Che Guevara

... es la nueva imagen para PETA, que se une a la larga lista de celebridades que tratan de hacer conciencia para que la gente adopte una dieta vegetariana y diga NO a comer carne.

VIVA LA REVOLUCION!!.  Respeto a la vida de los animales!!!.

Amor a los animales

Amor a los animales

Postina, como ha sido llamada esta gatita dejada en un mail box en Boston el pasado viernes 12 y encontrada por un cartero el sabado, recibe atencion y cuidados dispensados a los animalitos en paises realmente civilizados, fruto de ello, es toda una celebridad y su foto circula por el mundo a traves de internet.  Copiemos eso:  Si no podemos acoger un animalito, pues propiciemos que encuentre un hogar.

La nueva Kate Moss?...

Burberry Autumn(Fall)/Winter 2009/2010 - Emma Watson

La bella Emma Watson, la copotragonista de Harry Potter, en la nueva campana de Fall-Winter 2009/2010 de la firma inglesa Burberry.  Simplemente:  Glamourosa!

The Back-Up Plan...

...es el nombre del nuevo film, una comedia romantica, de Jennifer Lopez a quien vemos en un descanso de la filmacion, adonde acudio acompanada de su chiquito, el tierno Max -a quien vemos en esta imagen-.

Elecciones en Iran...

iran election

female voter in iran

... y mis deseos de la anhelada PAZ!!!!.

Para las fans de David Beckham

David Beckham

Yo confieso

Yo confieso

Felices son los que tienen conciencia de su necesidad espiritual, puesto que a ellos pertenece el reino de los cielos (Mat 5:3)